A propósito de la Ley de Jardines comunitarios:
La llamada gestión social de
instituciones educativas
quiebra el carácter público que la escuela debe tener
La
reciente sanción de la Ley de Jardines comunitarios en Provincia de Bs. As. abre el paso a la
implementación en el resto del país de la ya existente gestión social de
escuelas en San Luis, Tierra del Fuego y Centros de Primera Infancia en Ciudad
de Bs. As., que habilitó la Ley 26206 y
que completa el cuadro de privatización creciente de la educación en Argentina.
La
gestión social es también conocida como la “charterización” de la educación, originada en Inglaterra y
luego extendida a EEUU en el siglo XX.
Consiste en que el estado convenia un “charter” o contrato con una
entidad particular, para que ésta se haga cargo de una escuela a la que le
otorga subsidios por matrícula y mantenimiento edilicio. También pueden adoptar
la forma de Vouchers, o subsidio directo a la familia para que elija la escuela
de sus hijos a la manera que lo propuso Milton Friedman en EEUU a mediados del
siglo pasado. En realidad, son variantes de los ya extendidos subsidios del
estado a la educación privada que
tuvieron su origen
mucho antes en nuestro país y se legalizaron por ley en 1947 durante el primer
gobierno de Perón.
Que deba corregirse la ausencia de Estado no habilita a que se legitime la gestión social.
La
ley de jardines comunitarios de la Provincia
de Bs. As.
habilita a que más
de 1.500 jardines y/o espacios que atienden niños pequeños a la fecha y todos
los que se crearen de aquí en más, sean
reconocidos como nueva modalidad del sistema educativo, o sea, no se incorporan
al sistema público existente, sino que éste cambia abriendo sus puertas a la
gestión social.
Nadie
puede discutir que el estado estuvo y está ausente de la necesidad de brindar
escuelas a la primera infancia, en provincia de Bs. As. y en todo el país, cuestión que afecta, especialmente a las
familias trabajadoras. Baste recordar que la Ley Nº 26206 estableció la
obligatoriedad del estado de brindar la educación a los niños de 4 y 5 años, y que, ocho años más tarde, todavía no se
ha satisfecho este derecho. Mucho menos aún, para la niñez de 45 días a 3 años.
Una
nueva ley debió haber sancionado la construcción de jardines en toda la
provincia en base a un estudio de las necesidades, estableciendo el presupuesto
correspondiente. A partir de definir esta perspectiva, pudo haber sancionado
una medida de excepción, integrando
los jardines de gestión social existentes al sistema educativo, a su
reglamentación y direcciones pedagógicas. Muy por el contrario, sin instituir una política de construcción
de escuelas, se ha legitimado la precariedad educativa de estos espacios, que
seguirán a merced de sus organizaciones creadoras.
La
necesidad que han satisfecho estas asociaciones debe ser reconocida como un
aporte en un momento de ausencia de políticas públicas, pero no legitima su
permanencia en el tiempo. Cuando reclamamos que la escuela y la educación sean
públicas, queremos destacar el concepto de que es de todos, lo que es diferente
a lo comunitario. Lo comunitario supone la fragmentación de algo común que deja
afuera a otros que no son parte de ese común. Esto, en educación, es contrario
a una verdadera socialización. Significa fragmentación social, por guetos
sociales, ideológicos, religiosos o étnicos. Nuestra defensa de la educación
como pública significa la construcción de un espacio de socialización que
desafía el actual estado de segmentación
social. Es un espacio de subjetivación sin discriminación. La entronización de
la escuela comunitaria conduce inevitablemente a la arbitrariedad de que la
organización gestora es la que defina quién
es y quién no es de
la comunidad, tanto para la matrícula como para la elección de los docentes y
hasta para el enfoque curricular de ese espacio, que se supone educativo. Esto
es un retroceso respecto del perfil de la escuela como espacio público.
Pero
además, lo público supone que es el Estado, desde las Escuelas Públicas, quien
debe responder por las necesidades educativas de todos. La salida para
mejorar la Educación Pública no es a través de la diversificación del actual
Sistema Educativo, sino más bien utilizando todos los recursos a los fines del
sostenimiento y crecimiento del mismo. Esta ley destina fondos públicos para
subsidiar nuevos establecimientos privados, en lugar de estatizarlos.
El Caballo de
Troya del Estatuto Docente
Algunas
corrientes han sostenido la validez de esta ley porque habría dado respuesta a
la precariedad laboral de sus trabajadores. Sin embargo, una lectura atenta de
la misma da cuenta de que
no se ha incorporado a estos trabajadores al Estatuto Docente, sino que, al
igual que con la “modalidad” antes considerada, la ley mantiene el régimen
laboral de estos trabajadores arbitrariamente a merced de las organizaciones
gestoras en lo referido a ingreso y estabilidad laboral. En realidad, lo que ha
ocurrido, es que se ha introducido un Caballo de Troya en el Estatuto Docente.
Efectivamente
ha quedado establecido, dentro del régimen laboral que sostiene el Estado, la existencia de trabajadores
que cumplirían tareas educativas sin ser designados por concurso de orden de
mérito ni de oposición para sus conducciones, sino por la dedocracia de las
organizaciones gestoras, entre quienes éstas consideran “educadores
comunitarios”, una arbitrariedad que se presta al clientelismo y a la
mezquindad política (art. 4 y 12). A su vez, en el art. 14 se determina que la
estabilidad laboral está condicionada a que el educador cumpla con “su
función”, a que sea “eficiente”, o a que
no pierda su salud “sicofísica”,
definiciones nunca vistas en la legislación laboral de la escuela
pública. El requisito de que alguien debe ser comunitario para acceder al
puesto de trabajo podría también usarse para su despido si deja de ser
comunitario, o eficiente, componentes muy subjetivos de un perfil laboral, que
otorgan a la organización gestora el derecho a despedir más poderoso de la toda
la legislación laboral existente en nuestro país, incluso la más cruda del
neoliberalismo de los 90. Estamos frente a uno de los mayores ataques al
estatuto docente desde su sanción en 1958. Lo que no pudo la Reforma de los 90,
esto es la derogación del estatuto, lo habilitaría esta ley mediante una
variante que lo niega internamente creando un régimen paralelo opuesto.
Destruye su rasgo central: el régimen de concurso público para el ingreso y
ascenso a la docencia y la estabilidad laboral que impiden, ambos, la
arbitrariedad del poder político de turno y sus ONGs afines, para manipular la
educación y a sus trabajadores.
Una
ley de excepción, que contemplara los derechos laborales de estos trabajadores,
debió haberlos incluido en el actual estatuto del docente, sin habilitar un
nuevo régimen de precariedad laboral. Lo hemos logrado cuando una escuela
privada cierra (caso “Cristo
viene”, de Matanza, que pasó a ser la EES Nº 57, "Feijo" que pasó a ser la EES Nº 68) o una empresa (caso BANADE, un banco que cerró y su personal
pasó a Banco Nación). Un
camino opuesto al de esta ley.
La
legitimación de la precariedad educativa y
la desvalorización de la educación inicial
La
ley crea una nueva figura laboral y educativa, la del “educador/a
comunitario/a” que elude la necesidad de la formación docente para el cargo. A
contramano de todo el conocimiento de la psicología del aprendizaje y del
desarrollo pedagógico de la educación de la primera infancia de las últimas
décadas, que supone la necesidad de la formación especial para este nivel, se
evita hablar de título docente como requisito para el desempeño de las tareas
educativas de estos jardines. Una cuestión es habilitar para la tarea a quienes
no posean título ante una emergencia por falta de docentes, como siempre se
hizo, y otra es desconocer la necesidad
de la formación docente para la misma, inventando una nueva figura que
desempeña tareas de educación sin ser docente. Esto supone la desvalorización
del carácter de la educación inicial, y la cristalización de estos jardines
como espacios de precarización educativa que, condena a los niños de los
sectores más carenciados a su mera contención social, o de “aprestamientos
sicomotrices” en lugar de espacios
educativos.
Algo similar
venía ocurriendo con este nivel cuando en el 2003 se crearon Centros de desarrollo infantil (CDI) en un
intento de municipalización del nivel. Eran atendidos por madres de los
planes sociales. Gracias a lucha docente, se volvió, para atrás pero en cierta
medida, ahora son atendidos por docentes del nivel inicial recién recibidos, o
estudiantes, con una precarización laboral absoluta pero la
directora no ingresa por concurso sino
que es elegida por el secretario de acción social del municipio y no se conoce
la propuesta educativa que llevan adelante. En Santa Fé, un proyecto de ley
presentado por el FPV en alianza con el FAP propone la municipalización del
nivel inicial de 45 días a 3 años.
En Ciudad de Buenos
Aires ha ocurrido algo similar. Si
bien solo se trata de menos de una cincuentena —a diferencia de Provincia donde son 1.500—,
también se han
creado los CPI, Centros de Primera Infancia. Estos Centros, están por fuera de
la Dirección de Educación
Inicial del
Ministerio de Educación, a cargo de Desarrollo Social. Tienen el mismo diseño
de los Jardines comunitarios de Provincia,
con la diferencia de que
no requirieron una ley para su implementación pues el Ministerio de Ciudad hace lo
que quiere en educación sin pasar por la Legislatura. Al igual que en Provincia
de Bs. As. se trata de espacios
conveniados con asociaciones de todo tipo, desde religiosas, sindicales hasta simples emprendimientos personales. Su
promoción tiene, sin embargo, el pudor de no llamarse educativas, y se definen
como lugares de estimulación temprana, de cuidado de niños, claro, algo menos,
para pobres.
Nadie
puede desconocer, además, la intención de desatenderlos financieramente, así
como de des-responsabilizar al Estado
de la cuestión civil en caso de accidentes o de enfermedad de sus trabajadores.
Una muestra lo constituyó el festival con que
el gobierno del PRO,
en CABA, impulsó
un predio público para “juntar alimentos no perecederos” para los CPI. Cualquiera sabe que la comida
de un jardín no se resuelve con la sumatoria de paquetes diversos de fideos o
harina. Pero, la campaña apunta a instalar la idea de que la “comunidad” debe
sostener financieramente a estos centros en concurrencia con el Estado y no éste, ser el responsable.
El
FIT y la educación inicial
Izquierda
Socialista, integrante del FIT, no ha participado de la sanción de esta ley. La
rechaza, al igual que lo hizo público el PO en su prensa. Consideramos un error
el voto afirmativo de
nuestro compañero Castillo del PTS, legislador por el FIT de la Provincia de Bs. As. y lo invitamos a retirar su
apoyo. En la lucha política podemos cometer errores, lo que no podemos es
negarnos a corregirlos. Venimos compartiendo con los compañeros y compañeras
del PTS un programa común en Educación
que esta ley niega. También venimos compartiendo una metodología: que
nuestros legisladores deben construir sus proyectos legislativos con los
trabajadores organizados, por ejemplo, en los sindicatos del SUTEBA multicolor.
No ha sido el caso. Tampoco lo es su reciente proyecto de ley pidiendo
subsidios para la docencia para enviar a sus hijos a jardines privados. Esto no
es lo construido y defendido juntos en estas últimas décadas, contrario
a la privatización
de la educación en todos sus niveles, en cambio busca una salida corporativa a
un problema que es de toda la clase trabajadora. El programa de los socialistas
para educación no
puede empezar por ahí. Los invitamos a elaborar juntos un proyecto de ley que
proponga en Provincia de Bs.
As. la creación
de jardines en todos sus niveles, la derogación de la
ley de gestión social y la sanción de
una que estatice los jardines
existentes, con la incorporación y reconocimiento de los derechos laborales
vigentes en el estatuto a sus trabajadores.
Bs. As.,
octubre de 2014
Graciela Calderón - Sec. Adjunta de SUTEBA Matanza
Silvia Fernández - Sec. Gremial de SUTEBA Tigre.
Laura Marrone -
Legislatura Ciudad de Bs As – por Izquierda Socialista en el FIT
Olga Ortigoza – Sec. de prensa de SUTEBA Matanza
Daniela Vergara- Congresal a CTERA AmsaFé Rosario
Agrupación Docentes en Marcha
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